Uno de los principales componentes de la accesibilidad adecuada de un sitio web es el requisito de mostrar una declaración de accesibilidad idónea.
Experiencias pasadas demuestran que el incumplimiento de ese requisito es la principal vulnerabilidad de los sitios web y el principal motivo de demandas judiciales en el ámbito.
Esto sucede por dos razones:
En primer lugar, a diferencia de lo que ocurre con un reclamo por un supuesto defecto de accesibilidad en el sitio web (un defecto específico, no la ausencia total de ajustes de accesibilidad), que no puede servir como causa automática para presentar una demanda judicial, sino que requiere una notificación previa de 60 días al sitio web para corregir el problema, la ausencia de una declaración de accesibilidad en el sitio web o la disponibilidad de una declaración inadecuada puede servir como causa automática para una demanda judicial sin notificación previa. De ahí que muchos sitios web que entraron en el «radar» de quienes se dedicaron a «cazar» ese punto débil, se vean arrastrados a gastos, molestias innecesarias y, posiblemente, otros pagos considerables contra la retirada de la demanda o la amenaza de presentarla.
En segundo lugar, un número significativo de quienes sí exhiben una declaración de accesibilidad en su sitio web, incluidas diversas guías e instructivos sobre la materia, desconocen los meticulosos requisitos técnicos que debe contener una declaración adecuada, exponiéndose en consecuencia ellos mismos y a sus clientes al riesgo de ser demandados y de tener que sufragar gastos innecesarios.
El requisito de mostrar una declaración de accesibilidad adecuada en el sitio web aparece en tres secciones diferentes del Reglamento sobre la igualdad de derechos de las personas con discapacidad (ajustes de accesibilidad de los servicios), 2013 («el Reglamento»): Sección 34(a)(4), Sección 35e, y Sección 91(e).
La Sección 35e establece la obligación general de colocar una declaración de accesibilidad en el sitio web que incluya información sobre los ajustes de accesibilidad realizados en el sitio, así como los datos de contacto para consultas sobre cuestiones de accesibilidad.
El artículo 91 establece las condiciones bajo las cuales una empresa debe nombrar a un coordinador específico de accesibilidad (para empresas con 25 o más empleados), las funciones del coordinador y la necesidad de mostrar sus datos de contacto, entre otras cosas, en el sitio web de la empresa.
La sección 34(a)(4) establece que los ajustes de accesibilidad física realizados en la empresa deben mostrarse en el sitio web de la empresa. Aquí surge una pregunta: ¿cuál es la relación entre prestar un servicio en la ubicación física de la empresa y hacer accesible su sitio web en el ámbito virtual?
La respuesta es sencilla: cuando se trata de un negocio/servicio que tiene un sitio web, pero también tiene una sede física (como una tienda, una oficina, un estudio, una clínica, etc.), está obligado a publicar en su sitio web los ajustes de accesibilidad física en el propio negocio/servicio. Esto supone incluir, como parte de la declaración de accesibilidad, detalles sobre la disponibilidad o ausencia de medidas de accesibilidad física, como estacionamiento, ascensor, baños y puestos de servicio adaptados para personas con discapacidad.
Es importante señalar que la ley no obliga a la empresa a instalar estas medidas de accesibilidad física (que están reguladas por otras leyes, según el caso, sin relación con la accesibilidad digital), sino a asegurarse de que se incluyan en la declaración de accesibilidad que aparece en el sitio web, con el fin de facilitar que las personas con discapacidad sepan de antemano si pueden acudir físicamente a una empresa por la que han navegado en línea, lo que depende de la disponibilidad de dichas medidas, o si deben solicitar una reunión en un lugar accesible fuera de la empresa.
En UA proporcionamos a nuestros clientes un modelo de Declaración de Accesibilidad adecuado, haciendo hincapié en la necesidad de examinar de forma independiente, en la medida en que así se requiera, si existen aspectos específicos que deban tratarse más a fondo en la misma (por ejemplo, negocios con muchas sucursales, negocios en ubicación única, etc.).
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